Costa Rica contará con nueva herramienta jurídica para desarrollar obra pública

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Redacción, 2 mar (elmundo.cr)- Los legisladores que integran la Comisión de Asuntos Económicos dictaminaron afirmativamente el expediente  19.497, “Ley que autoriza el desarrollo de infraestructura de transporte mediante fidecomiso”.

Esta es una Ley marco que se inspira en la experiencia obtenida de la elaboración e implementación de la Ley 9292 que es el Fidecomiso para la autopista San José-San Ramón.

Mediante esta iniciativa se autoriza y faculta al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) y del Consejo Nacional de Vialidad (Conavi) para constituir fideicomisos de interés público con cualquiera de los bancos comerciales del Estado a efectos de planificar, diseñar, financiar, construir, operar y dar mantenimiento a la obra de infraestructura de transporte.

“Para todos es conocido el problema que tenemos a nivel nacional, la desactualización de la infraestructura pública, tenemos un bache enorme en infraestructura pública que nos resta competitividad como país y que afecta a la calidad de vida de todos los costarricenses. Esta ley es una ley marco que autoriza el desarrollo de infraestructura de transporte en nuestro país. Se trata un proyecto mucho más elaborado que alcanza las expectativas de una ley mucho mas eficiente, eficaz y mas efectiva a la hora de desarrollar la infraestructura pública”, aseguró el diputado del PLN Michael Arce.

Por su parte, el verdiblanco Juan Marín Quirós afirmó que se sienten “muy satisfechos porque la comisión de económicos da un paso muy importante, al igual que lo hicimos en San José-San Ramón, lo hacemos hoy de manera general, ahora viene el reto del plenario donde ojalá podamos tomarlo con la seriedad del caso y en el plenario con los 57 diputados convertirlo en ley de la República antes de que finalicen las sesiones extraordinarias”, señaló el verdiblanco Juan Marín Quirós.

Los contratos de fideicomiso serán refrendados por la Contraloría General de la República, de conformidad con la normativa vigente y la constitución de cada fideicomiso según este expediente deberá contar con la autorización administrativa del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica, del Ministerio de Hacienda y del Banco Central de Costa Rica.

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