Corte IDH ya tiene respuesta a consulta de Costa Rica sobre derechos patrimoniales de parejas del mismo sexo

» La respuesta del alto Tribunal será notificada de primero al Estado y luego se hará pública al resto de interesados. 

San José, 28 nov (elmundo.cr) – La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) informó este martes que ya tiene una respuesta a la consulta formulada por el Estado de Costa Rica sobre los derechos patrimoniales de las parejas conformadas por personas del mismo sexo, así como el derecho de reconocimiento a la identidad de género.

Así lo confirmó la oficina de prensa de la Corte mediante un comunicado de prensa enviado la tarde de este martes, luego de que se diera por terminado el centésimo vigésimo período de sesiones ordinarias en Costa Rica.

La respuesta del alto Tribunal será notificada de primero al Estado y luego se hará pública al resto de interesados.

En mayo del 2016, el Gobierno de Costa Rica remitió dos consultas a la Corte Interamericana para determinar si los derechos relacionados a orientación sexual e identidad de género están protegidos por la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH), la cual el país firmó.

Dicha consulta pretende esclarecer si la normativa interna de Costa Rica se encuentra en concordancia con dicha Convención, pues de no estarlo, se deben plantear reformas para cumplir con la Convención, en vista de que este tiene la condición de ser superior, inclusive, a la propia Constitución Política.

La primera de las consultas se refiere a si el derecho de las personas a modificar su nombre, de acuerdo a su identidad sexual se encuentra protegido por la Convención, además de que si el procedimiento para el cambio del nombre, establecido en la legislación costarricense, respeta dicha norma.

Hoy en Costa Rica es necesario cumplir un procedimiento en la vía judicial, por lo que el Gobierno consultó si dicho procedimiento es el más adecuado o si es necesario un procedimiento más ágil y gratuito en la vía administrativa.

Si la Corte IDH se pronuncia en el sentido de que en efecto, tal derecho está contemplado en la Convención y que el procedimiento vigente en el país no es el más adecuado, el Poder Ejecutivo podría rescindir de esperar la aprobación de una Ley en el Congreso para hacer las modificaciones necesarias y acudir a vías diferentes, como un Decreto Ejecutivo, para hacer esos cambios.

La segunda consulta hecha por Zapote se refiere a si los derechos patrimoniales, derivados de un vínculo entre personas de un mismo sexo, se encuentran protegidos por la Convención; además se consultó si es necesario que exista una figura jurídica que regule estas relaciones.

La consulta fue suscrita por Ana Helena Chacón Echeverría, vicepresidenta de la República, Marvin Carvajal Pérez, director jurídico de la Presidencia de la República y Eugenia Gutiérrez Ruiz, quien era directora jurídica interina del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

De igual forma, si la Corte IDH establece que los derechos patrimoniales de las uniones conformadas por personas del mismo sexo están protegidas por la convención, el trámite en la Asamblea Legislativa para reformar el marco legal vigente sería innecesaria.

La Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH), la cual Costa Rica suscribió, tiene jerarquía supraconstitucional, es decir, que está por encima de la Constitución Política costarricense y por tanto, el marco legal tico debe respetar lo contenido en dicha convención.

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