Corte IDH convoca a audiencia por consulta de Costa Rica sobre derechos de población LGBT

Corte IDH.
Corte IDH.

San José, 13 abr (elmundo.cr) – La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) convocó a una audiencia pública donde se pretende profundizar en los argumentos presentados ante la consulta que presentó Costa Rica sobre los derechos que tiene la población lesbiana, gay, bisexual, transexual y otros (LGBT+).

Así consta en la resolución emitida por el Presidente de la Corte, Roberto Caldas el pasado 31 de marzo.

De acuerdo con el documento, notificado a todos los Estados, organizaciones y personas que presentaron sus argumentos ante la Corte, la audiencia dará inicio el 16 de mayo, a partir de las 15:00 horas y luego el 17 del mismo mes, a partir de las 9:00 horas, como parte del 118° Período Ordinario de Sesiones de la Corte IDH, que se realizará en la sede del Tribunal en San José.

Caldas solicitó a quienes presentaron sus argumentos notificar a más tardar el 20 de abril si desean participar de la audiencia oral y pública.

En total, nueve países, un organismo internacional, siete organismos estatales, 44 asociaciones, organizaciones no gubernamentales o instituciones académicas y 24 individuos de la sociedad civil.

LA CONSULTA. En mayo del 2016, el Gobierno de Costa Rica remitió dos consultas a la Corte Interamericana de Derechos Humanos para determinar si los derechos relacionados a orientación sexual e identidad de género están protegidos por la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH), la cual el país firmó.

Dicha consulta pretende esclarecer si la normativa interna de Costa Rica se encuentra en concordancia con dicha Convención, pues de no estarlo, se deben plantear reformas para cumplir con la Convención, en vista de que este tiene la condición de ser superior, inclusive, a la propia Constitución Política.

La primera de las consultas se refiere a si el derecho de las personas a modificar su nombre, de acuerdo a su identidad sexual se encuentra protegido por la Convención, además de que si el procedimiento para el cambio del nombre, establecido en la legislación costarricense, respeta dicha norma.

A hoy en Costa Rica es necesario cumplir un procedimiento en la vía judicial, por lo que el Gobierno consultó si dicho procedimiento es el más adecuado o si es necesario un procedimiento más ágil y gratuito en la vía administrativa.

Si la Corte IDH se pronuncia en el sentido de que en efecto, tal derecho está contemplado en la Convención y que el procedimiento vigente en el país no es el más adecuado, el Poder Ejecutivo podría rescindir de esperar la aprobación de una Ley en el Congreso para hacer las modificaciones necesarias y acudir a vías diferentes, como un Decreto Ejecutivo, para hacer esos cambios.

La segunda consulta hecha por Zapote se refiere a si los derechos patrimoniales, derivados de un vínculo entre personas de un mismo sexo, se encuentran protegidos por la Convención; además se consultó si es necesario que exista una figura jurídica que regule estas relaciones.

La consulta fue suscrita por Ana Helena Chacón Echeverría, vicepresidenta de la República, Marvin Carvajal Pérez, director jurídico de la Presidencia de la República y Eugenia Gutiérrez Ruiz, quien era directora jurídica interina del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

De igual forma, si la Corte IDH establece que los derechos patrimoniales de las uniones conformadas por personas del mismo sexo están protegidas por la convención, el trámite en la Asamblea Legislativa para reformar el marco legal vigente sería innecesaria.

La Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH), la cual Costa Rica suscribió, tiene jerarquía supraconstitucional, es decir, que está por encima de la Constitución Política costarricense y por tanto, el marco legal tico debe respetar lo contenido en dicha convención.

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