Convocatoria a la sesión del 1 de mayo es automática, aclara Servicios Técnicos

San José, 22 abr (elmundo.cr) – Servicios técnicos de la Asamblea Legislativa le aclaró al presidente del Directorio Legislativo, Eduardo Cruickshank, que la convocatoria a la sesión del 1 de mayo es automática, según lo dispone el artículo 116 Constitucional.

En caso de que no se pueda realizar la sesión ese día la Asamblea abrirá las sesiones cuando se reúnan los dos tercios del total de sus miembros, de conformidad con el artículo 117 de la Constitución Política.

“Es decir, la convocatoria a la sesión del 1 de mayo es automática. No obstante, si el día señalado fuere imposible iniciar la sesión, la Asamblea en fecha inmediata posterior abrirá la sesión, siempre y cuando se reúnan los dos tercios del total de sus miembros”, indica la respuesta de Servicios Técnicos.

Entonces, de acuerdo con la situación que enfrenta la Asamblea en la actualidad, para que se suspenda la sesión del 1 de mayo por un caso de necesidad urgente, es necesario que exista un criterio técnico autorizado que sustente dicha necesidad y que por ende habilite al Directorio Provisional para tomar la decisión de no llevar a cabo la sesión que corresponde en el día señalado, aun cuando está previamente convocada a tal efecto, señala la misiva.

Además, explicaron que el criterio técnico autorizado que constituye una causa justificante para que el Directorio Provisional ordene suspender la sesión del día 1 de mayo, sólo puede ser el acto jurídico administrativo razonado por parte del Ministro de Salud, en virtud de los numerales 21, 50, 140 incisos 6) y 8) Constitucionales y de los artículos 29, 31 y siguientes de la Ley N°8488, Ley Nacional de Emergencias y Prevención del Riesgo.

“El contagio por COVID es un motivo de fuerza mayor para no asistir a la sesión del 1 de mayo. Las señoras y los señores diputados están llamados a acatar lo dispuesto por el criterio técnico que emita el Ministro de Salud para el caso que aquí se comenta y no existe una excepción constitucional que los faculte para actuar en contrario”, sostienen.

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