Congreso aprueba ley que permitirá pesca de arrastre en el país

San José, 27 nov (elmundo.cr)- La Asamblea Legislativa aprobó este miércoles el proyecto de ley 21.478, que mantendría la pesca de arrastre en el país.

A favor votaron 26 diputados y 18 estuvieron en contra.

Una de las impulsoras de la iniciativa, la legisladora Carmen Chan, celebró la aprobación del expediente. “Costa Rica pasaría a ocupar el lugar número uno en el mundo en cuanto a la pesca responsable (…) No se trata de prohibir, sino de regular una actividad pesquera”.

Desde el pasado 1 de julio, el Congreso aprobó una moción para darle vía rápida a este proyecto de ley, a la cual solo se manifestaron en contra Paola Vega (PAC) y José María Villalta (FA).

Vega, una de las opositoras del proyecto, considera que el mismo se caerá en Sala Constitucional. “Algunos hemos pasado todo el día advirtiendo porque es inconstitucional aprobar el proyecto de ley de pesca de arrastre. Hemos dado datos técnicos, científicos y legales de porqué esto se va caer en la Sala. No hay caso: algunas personas engañan a la gente por unos votos”.

La sorpresa de la tarde fue el diputado liberacionista, Jorge Luis Fonseca, quien votó negativamente. “El estudio es insuficiente, es omiso, es muy corto para poder darle un respaldo positivo a este proyecto. Se hizo en tres meses y se necesitan mínimo dos años”.

El 7 de agosto de 2013, un fallo de la Sala anuló tres incisos de la Ley de Pesca y Acuicultura No. 8436, que facultaban al Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura (Incopesca) el otorgamiento de licencias de pesca de camarón utilizando redes de arrastre.

Los magistrados declararon inconstitucional la frase “del camarón con red de arrastre”, y determinaron que el Incopesca no podrá otorgar ningún permiso nuevo, ni renovar los vencidos, para la actividad de pesca de camarón con redes de arrastre.

Este expediente es del criterio de que «mediante una reforma legal se puedan restaurar las categorías eliminadas, condicionado a que se haga referencia expresa a la utilización de dispositivos para la disminución de la captura incidental (Bycatch Reduction Devices), respecto de los cuales, de manera previa a la reforma legal y con el correspondiente respaldo científico y tecnológico, se demuestre la reducción significativa de la fauna de acompañamiento (faca) o pesca incidental, que sea compatible con un desarrollo sostenible democrático».

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