Concejo Municipal de Moravia advierte a comercios de consecuencias si discriminan por orientación sexual

San José, 28 mar (elmundo.cr) – A raíz de la polémica surgida luego de que el bar Micheladas expulsara de su local a una pareja de mujeres lesbianas, el Concejo Municipal de Moravia acordó la noche de este lunes advertirle a todos los comercios del cantón las consecuencias que pueden tener, en caso de incurrir en actos de discriminación por orientación sexual o identidad de género.

La moción fue presentada por los regidores Giancarlo Casasola Chaves, María Julia Loría Nuñez, Marcela Segura Elizondo y Saúl Fernando Chinchilla, así como los regidores suplente Daniel Torres Sandí y Alejandro Aguilar González, siendo aprobada por unanimidad.

En el texto de la proposición aprobada se recuerda que existen instrumentos jurídicos nacionales e internacionales que prohiben la discriminación por orientación sexual y que, más recientemente, Moravia se declaró “cantón libre de discriminación por orientación sexual, identidad de género, edad, etnia, credo, nacionalidad, sexo o cualquier otra que represente una amenaza a la dignidad humana”.

En el primer punto de la moción, el Concejo Municipal acordó reprochar, condenar y repudiar “cualquier acto contrario a la dignidad humana, como consecuencia de un caso de discriminación por motivos de orientación sexual”.

Por otra parte, se giró instrucción al Departamento de Patentes y Espectáculos Públicos de la Municipalidad de Moravia para que comunique de forma inmediata, a todos los negocios del cantón que cuentan con licencia para ejercer el comercio, que mediante el acuerdo 258-2016 del 02 de noviembre del 2016, el Concejo Municipal de Moravia declaró al cantón como libre de discriminación por orientación sexual e identidad de género, con el fin de garantizar el respeto de los convenios y tratados internacionales en materia de derechos humanos suscritos por Costa Rica.

Finalmente, los regidores acordaron que se le recuerde a todos los comercios del cantón de Moravia que la licencia comercial no constituye un derecho absoluto de sus poseedores y en consecuencia, la Municipalidad en el caso de que sean presentadas denuncias formales referentes a la violación de derechos humanos protegidos en los convenios internacionales o legislación nacional, previa aplicación del debido proceso y derecho de defensa, ordenará las investigaciones que correspondan para determinar la verdad real de los hechos y valorar si existe mérito para ordenar una sanción administrativa dentro del marco jurídico vigente que podría conllevar incluso hasta la suspensión de la licencia comercial.

Desde el Frente por los Derechos Igualitarios (FDI), Larissa Arroyo Navarrete, abogada de esa organización afirmó que esta manifestación del Concejo Municipal de Moravia constituye un recordatorio al sector privado de que podría exponerse incluso, a una suspensión de su licencia comercial, por incurrir en actos de discriminación.

“Los gobiernos locales tienen la potestad de tomar acciones administrativas en casos de discriminación, tanto a lo interno de la municipalidad, como en la supervisión de licencias comerciales, actos públicos, y otros aspectos de su competencia por eso nos congratulamos por las acciones del Consejo Municipal , ya que demuestran que la defensa de los derechos humanos puede y debe darse también desde los gobiernos locales”, dijo Arroyo.

El regidor proponente, Giancarlo Casasola Chaves dijo que “esto es un llamado de atención que queremos hacer a todos los comercios del cantón, para que sepan que de ninguna manera puede practicarse ningún tipo de discriminación odiosa o violatoria de los derechos humanos por el simple hecho de su orientación sexual”.

PRECEDENTE. En el año 2012, la Sala Constitucional condenó al Mall San Pedro por haber expulsado de sus instalaciones a una pareja homosexual que iba de la mano por el centro comercial.

En ese histórico fallo, los Magistrados dejaron claro que se reconoce como principio jurídico fundamental el respeto a la dignidad de todo ser humano y que cualquier tipo de discriminación, como en este caso por motivos de orientación sexual, es contrario a la Constitución Política y a los tratados internacionales en materia de Derechos Humanos que Costa Rica ha suscrito.

Asimismo, los Magistrados dijeron que, de acuerdo con los estándares culturales de Costa Rica, el tomarse de la mano y permanecer abrazados no es catalogado como “interacción amorosa excesiva” o “acto erótico desproporcionado”, por lo que se debe aplicar idéntico criterio cuando se trate de parejas del mismo sexo.

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