Compensación de vacaciones de Aresep no es congruente con el ordenamiento jurídico, señala la Contraloría

San José, 20 dic (elmundo.cr) – La Contraloría General de la República (CGR), emitió un informe de auditoría sobre la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos (Aresep) y la Superintendencia de Telecomunicaciones (Sutel) respecto de la razonabilidad en el reconocimiento de incentivos y compensaciones salariales de dichas instituciones.

La auditoría tuvo como objetivo determinar si el reconocimiento de incentivos y compensaciones salariales en la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep) y la Superintendencia de Telecomunicaciones (Sutel), cumplen razonablemente con el marco normativo aplicable.

Se analizó la suficiencia de la naturaleza jurídica, procedencia del fundamento legal y cumplimiento de requisitos en el reconocimiento de pluses en ambas instituciones; en Aresep se revisó anualidad, carrera profesional, prohibición y compensación de vacaciones; y en la SUTEL se revisó anualidad, carrera profesional y prohibición.

Al respecto se determinó que de la totalidad de incentivos y compensaciones salariales realizadas, la compensación por vacaciones no se ajustó al marco normativo aplicable, por cuanto:

  • No se efectuó según lo establece el artículo 156 del Código de Trabajo. Se origino en acuerdo de Junta Directiva para aumentar la ejecución presupuestaria.
  • La compensación implicó una erogación por ¢90.211.555,78 y comprendió saldos de varios períodos vencidos de vacaciones.
  • La normativa interna en Aresep y su órgano desconcentrado, no es congruente con el ordenamiento jurídico aplicable.

El ente contralo explicó que “en relación con la compensación de vacaciones, la Aresep la aplicó a 90 de sus funcionarios en 2021, con fundamento en un criterio general aprobado por Junta Directiva, con la finalidad de aumentar la ejecución presupuestaria de la institución, sin tomar en consideración la situación excepcional por la cual no era posible que esos funcionarios disfrutaran de sus días de vacaciones en el periodo correspondiente”.

Para la CGR “esta compensación implicó una erogación por un monto total de ¢90,211,555.78 y comprendió saldos de varios períodos vencidos de vacaciones, que oscilan entre un mínimo de un día y un máximo de cincuenta y tres días”.

“La situación encontrada obedece a que la normativa interna que regula la compensación de vacaciones en la Aresep y su órgano desconcentrado, no es congruente con el ordenamiento jurídico aplicable en cuanto a que homologa la excepcionalidad prevista en el
artículo 156 del Código de Trabajo y lo dicho por la PGR en criterio C-043-2019, a una razón debidamente justificada. Asimismo, las acciones implementadas por parte de la institución han sido insuficientes para gestionar el disfrute oportuno de las vacaciones por parte de los
funcionarios en el periodo correspondiente”, agregó.

Ante esto “se dispone a las autoridades de la Aresep, revisar la normativa interna que regula la compensación de vacaciones, a efecto de determinar su congruencia con el ordenamiento jurídico aplicable y realizar los ajustes correspondientes. Además, al Regulador General se
le dispone implementar un mecanismo de control periódico para asegurar razonablemente que las jefaturas institucionales adopten las medidas que permitan el disfrute de las vacaciones de sus funcionarios en el período correspondiente. Asimismo, se dispone a las
jefaturas de recursos humanos de ambas instituciones la implementación de un mecanismo para verificar la completitud, orden cronológico y custodia de los expedientes de personal”.

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