CASO DEL CEMENTO CHINO

Comisión concluye que Solís faltó al deber de probidad y presionó a favor de Juan Carlos Bolaños

» La Comisión recomienda que la Procuraduría de la Ética -cuyos informes no son vinculantes-, se pronuncie sobre las posibles faltas del Mandatario.

El Presidente de la República, Luis Guillermo Solís durante la comparecencia ante la Comisión del Congreso que investiga el caso del cemento chino. Foto: Luis Madrigal / El Mundo CR
El Presidente de la República, Luis Guillermo Solís durante la comparecencia ante la Comisión del Congreso que investiga el caso del cemento chino. Foto: Luis Madrigal / El Mundo CR

Cuesta de Moras, 18 dic (elmundo.cr) – La Comisión Especial del Congreso que investigó el caso del cemento chino determinó que el presidente de la República, Luis Guillermo Solís faltó a su deber de probidad y realizó presión para que se efectuaran actos a favor de Juan Carlos Bolaños, dueño de la empresa Sinocem.

Así se desprende del informe de 300 páginas que fue presentado la noche de este lunes por parte de la Comisión, luego de meses de audiencias e interrogatorios que acumularon más de 30 mil folios de pruebas y testimonios.

Según las conclusiones, Solís presionó a la Dirección General de Aduanas, mediante el entonces viceministro Fernando Rodríguez o el diputado Morales Zapata, con el fin de que se desalmacenara y nacionalizara el cemento importado por Juan Carlos Bolaños.

Asimismo, la Comisión tuvo por demostrado que Presidencia presionó al órgano de Reglamentación Técnica del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, para que emitiera un criterio al siguiente día hábil para poder sacar a consulta pública las reformas al Reglamento de Cementos Hidráulicos.

Con esas acciones, los diputados consideran que Solís faltó a su deber de probidad y al artículo 3 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, debido a que “no actuó en condiciones de igualdad para los habitantes de la República” y porque “sus decisiones no se ajustaron a la imparcialidad y a los objetivos propios de la institución en la que se desempeña”.

Por otro lado, la Comisión determinó que Solís falló al no velar porque la administración de los recursos públicos se ajustara a los principios de eficacia, economía y eficiencia, rindiendo cuentas satisfactoriamente.

La recomendación del órgano legislativo en el caso del Mandatario es remitir el informe a la Procuraduría de la Ética Pública, para que allí se valoren las posibles faltas al deber de probidad por parte de Solís.

El informe de la Comisión no es vinculante y tampoco lo son los criterios de la Procuraduría de la Ética.

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