San José, 19 nov (elmundo.cr) – En el marco de las severas condiciones climáticas que afectan a Costa Rica, principalmente debido a inundaciones en diversas regiones, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) insta a las personas empleadoras a actuar con flexibilidad y solidaridad frente a las dificultades que enfrentan trabajadores y empresas en las zonas declaradas en emergencia.
Impacto de las inundaciones
El MTSS reconoce que muchas empresas han tenido que cerrar temporalmente, reduciendo sus ingresos y, en consecuencia, limitando la capacidad de los trabajadores para desempeñar sus labores. Además, numerosos empleados enfrentan problemas para asistir a sus lugares de trabajo debido a interrupciones en vías de comunicación o porque residen en zonas afectadas directamente por las emergencias.
Opciones para las personas empleadoras
El Ministerio recordó que, según el Código de Trabajo, los contratos laborales pueden suspenderse en casos justificados, y existe la posibilidad de reducir jornadas bajo la Ley N.º 9832, cuando se cumplen ciertos requisitos. Sin embargo, antes de acudir a estas medidas más drásticas, el MTSS propone las siguientes recomendaciones:
1. Fomentar el teletrabajo: Aunque los contratos establezcan la modalidad presencial, el teletrabajo puede ser una solución temporal que evite la suspensión de ingresos de los trabajadores y permita la continuidad de la producción.
2. Adelantar vacaciones: En los casos donde los trabajadores ya han cumplido el período necesario para tomar vacaciones, las personas empleadoras pueden optar por otorgarlas de inmediato o incluso adelantarlas, siempre con el consentimiento del empleado.
3. Reposición de horas: Se puede acordar la reposición de horas no trabajadas en semanas posteriores a la emergencia, respetando el límite de 12 horas diarias entre jornada ordinaria y horas compensatorias. Esto permite a los trabajadores mantener sus ingresos completos sin generar costos adicionales para los empleadores.
Medidas extremas bajo el marco legal
El MTSS subraya que, como último recurso, las empresas pueden aplicar la suspensión temporal de contratos laborales, según el artículo 75 del Código de Trabajo, cumpliendo con los requisitos de notificación y comprobación ante la Inspección General de Trabajo. Asimismo, si una empresa demuestra una reducción de ingresos de al menos el 20% a causa de la emergencia, podrá solicitar la reducción de jornadas laborales siguiendo los procedimientos establecidos en la Ley N.º 9832.
Llamado a la solidaridad
El Ministerio enfatiza que estas medidas buscan proteger tanto los empleos como la sostenibilidad de las empresas. En un momento donde la emergencia climática pone a prueba a todo el país, se exhorta a las personas empleadoras a actuar con empatía y consideración hacia sus trabajadores, promoviendo acuerdos que beneficien a ambas partes y eviten conflictos laborales.
El MTSS reitera su compromiso con la protección de los derechos laborales y la estabilidad económica del país en esta difícil coyuntura, y pone a disposición sus oficinas para consultas y asesorías sobre la aplicación de estas medidas.