San José, 3 ene (elmundo.cr) – Organizaciones de la sociedad civil ya tienen el visto bueno del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) para recolectar las firmas requeridas para elevar a referéndum un proyecto que convocaría a la Asamblea Nacional Constituyente, encargada de redactar una nueva Constitución Política.
La iniciativa, liderada por “Nueva Constitución CR” y cuya cara visible es el excontralor General de la República, Alex Solís Fallas, ha generado un intenso debate en las redes sociales sobre los alcances que tendrá y cómo se escogerían a las personas encargadas de redactar nuestra nueva Constitución.
¿Qué es una Asamblea Constituyente?
La Asamblea Constituyente es una reunión de representantes populares que asumen el objetivo de dictar las reglas que en el futuro, regirán la relación entre gobernantes y ciudadanos, así como el funcionamiento y distribución del poder.
En este caso, la Asamblea Nacional Constituyente tendrá la tarea de redactar una nueva Constitución Política en Costa Rica.
¿Por qué es necesaria una nueva Constitución Política?
La actual Constitución Política de Costa Rica, promulgada en el año 1949, ha tenido 62 reformas que han impacto 93 artículos constitucionales; algunos de ellos fueron reformados hasta tres veces.
Fue redactada en un contexto diferente al actual, donde se dejaron por fuera temas que en ese entonces, eran considerados poco importantes o que por su contexto social, político o cultural no fueron contemplados.
La desactualización de nuestra Constitución Política también se evidencia por el hecho de que en la Asamblea Legislativa tiene presentados más de 50 proyectos de Ley que involucran la reforma de al menos 60 artículos.
Desde 1949 y a la fecha, se han convocado 10 proyectos para convocar a la Asamblea Constituyente. Ninguno ha sido aprobado.
¿Cómo estará conformada la Asamblea Constituyente?
La Asamblea Constituyente estará conformada por 45 personas, escogidas mediante elecciones nacionales y que fueron nominadas por parte de partidos políticos nacionales y provinciales inscritos a la fecha ante el Tribunal Supremo de Elecciones.
Los constituyentes serán electos mediante listas cerradas (es decir, deberán votar por la bandera de un partido político), bajo el principio de proporcionalidad, respetando la paridad de género, tanto de forma horizontal como vertical.
27 constituyentes serán electos mediante listas nacionales y 18 mediante listas provinciales.
¿Cuándo se realizarían las elecciones para escoger los integrantes de la Asamblea Nacional Constituyente?
La convocatoria debe hacerla el Tribunal Supremo de Elecciones el primer domingo de marzo del 2019. Las elecciones se realizarían el primer domingo de julio del 2019 y la instalación de la Asamblea Constituyente se haría el 7 de noviembre del 2019.
¿Cuánto tiempo tiene la Asamblea Constituyente para terminar la nueva Constitución?
Veinte meses, un plazo improrrogable según la propuesta actual.
Si los constituyentes terminan la redacción antes de esos 20 meses, podrán presentar una moción para que la Asamblea Constituyente quede disuelta antes de ese tiempo.
¿Cuándo entrará a regir la nueva Constitución Política?
El 15 de setiembre del año 2021, en conmemoración del Bicentenario de la Independencia de Costa Rica.
¿Cuáles son los requisitos para ser un diputado de la Asamblea Constituyente?
- Ser ciudadano en ejercicio
- Ser costarricense por nacimiento o por naturalización, con más 10 años de residencia en el país después de haber obtenido la nacionalidad.
- Haber cumplido 25 años
- Ser del estado seglar (cualquier religión, menos la Católica por ser la oficial según la actual Constitución).
¿Puede un funcionario público de elección popular ser electo diputado de la Asamblea Constituyente?
Sí, pero deberá renunciar a su cargo 6 meses antes de las elecciones del 2019.
¿Qué obtendrá una persona por ser diputado de la Asamblea Constituyente?
Un asesor, remuneración igual a la de los diputados de la Asamblea Legislativa, ayudas técnicas y administrativas y otras condiciones iguales a las que tienen los diputados del Congreso, según la Ley vigente.
¿Habrá un texto base de nueva Constitución Política?
Sí. Veinte días después de haberse aprobado el proyecto para convocar a la Asamblea Constituyente, el Congreso integrará una Comisión Especial Mixta para que redacte el texto base de la nueva Constitución Política, que servirá de base a la Asamblea Nacional Constituyente para redactar el texto final.
Dicha comisión estará integrada por un representante del Poder Ejecutivo, Poder Legislativo, Poder Judicial, Sindicatos, Cámaras Empresariales, partidos políticos que obtengan un representante en la Asamblea Legislativa en el 2018 y tres representantes de la sociedad civil.
La comisión se instalará para sus labores dos meses después de ser integrada y será presidida por el diputado que pertenezca al partido con más diputados en la Asamblea Legislativa según los resultados de las elecciones del 2018.
El texto base de nueva Constitución Política deberá entregarse 6 meses después de conformada la comisión mixta.
¿Puede un ciudadano común y corriente presentar sus ideas a la Asamblea Constituyente?
Sí. Deberá presentarlas por escrito ante la oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea Legislativa, durante las sesiones de la Asamblea Nacional Constituyente.
¿Podrán funcionarios públicos intervenir en las sesiones de la Asamblea Nacional Constituyente?
Las personas que ocupen la Presidencia o expresidencia de la República, la Corte Suprema de Justicia y la Sala Constitucional, quien sea el Contralor General de la República, el Procurador General de la República, el Defensor General de los Habitantes, el Jefe del Ministerio Público y el Jefe de la Defensa Pública, podrán asistir a las sesiones de la Asamblea Nacional Constituyente con derecho a voz, pero sin voto.
¿Dónde se celebrarán las sesiones de la Asamblea Nacional Constituyente?
El lugar será definido por el Tribunal Supremo de Elecciones, sin embargo deberá realizarse en San José.
¿Cómo se regularán las sesiones de la Asamblea Constituyente?
Los diputados constituyentes deberán emitir un reglamento interno para auto-regularse, el cual una vez aprobado solo podrá ser modificado si dos terceras partes del total de sus miembros están de acuerdo.
¿Pueden los diputados de la Asamblea Nacional Constituyente modificar Leyes?
No. Los integrantes de la Asamblea Constituyente solo podrán modificar la Constitución Política.
¿De dónde saldrán los recursos para el funcionamiento de la Asamblea Nacional Constituyente?
Los recursos económicos para esta Asamblea serán fijados por el Tribunal Supremo de Elecciones y no podrán ser impugnados por el Poder Ejecutivo.
Además, deberá aprobarse de manera definitiva un mes después de presentada la propuesta de presupuesto nacional ya que, de no haberse sometido a votación, se aprobará el proyecto inicial planteado por el TSE.
¿Los partidos políticos podrán tener deuda política para financiar la campaña de las elecciones a la Asamblea Constituyente?
Sí. El Estado deberá destinar 0,04% del Producto Interno Bruto del 2017 para financiar la campaña electoral de los partidos, de cara a las elecciones de la Asamblea Nacional Constituyente.
Nota: Las preguntas y respuestas de esta nota fueron hechas con base al proyecto de Ley de convocatoria a Asamblea Nacional Constituyente. El contenido del mismo podría cambiar, si los diputados de la Asamblea Legislativa o sus proponentes así lo disponen.