San José, 3 ago (elmundo.cr) – La Cámara de Industrias de Costa Rica (CICR) indicó que Costa Rica defiende su marco legal al tomar acciones concretas para evitar que los productos importados incumplan con las normas técnicas vigentes que regulan el etiquetado de los productos alimentarios en el país.
Costa Rica determina las normas técnicas que aplican tanto a los productos fabricados en el país como a los importados; asimismo, como parte del proceso de integración centroamericana el país participa en la elaboración de normas técnicas aplicables en toda la región. Esas normas conforman el único marco legal vigente y válido y deben hacerse valer por las autoridades nacionales.
“La apertura comercial ha sido fundamental para el desarrollo económico del país, por eso, debemos continuar trabajando en los mecanismos necesarios para garantizar que los productos importados cumplan con los estándares, requisitos y normativa técnica que exige Costa Rica a la producción nacional”, destacó Carlos Montenegro, director ejecutivo de la CICR.
De igual forma aclararon que los Reglamentos Técnicos son de cumplimiento obligatorio, y establecen las características que debe tener un proceso, o los procesos y métodos que deben seguirse para su adecuada producción.
También pueden incluir requisitos básicos respecto de los términos, símbolos, embalaje, marcado y/o etiquetado de los productos o procesos de producción.
Esto garantiza tres aspectos fundamentales: que el productor nacional compita con el extranjero con las mismas condiciones; que el consumidor acceda a productos de un estándar adecuado de calidad; y que exista confianza en los productos nacionales que acceden a los mercados internacionales.
Estos reglamentos deben responder a intereses legítimos, como la vida, la salud, la seguridad de las personas, la protección del medio ambiente, la calidad de vida, entre otros, y deben guardar relación con las libertades de empresa y de comercio, y la realidad técnica y productiva de los Estados y de las empresas que operan en él, así como guardar proporcionalidad entre cualquier restricción impuesta y el impacto buscado, así como garantizar que la ruta elegida representa la mejor y de menor impacto para lograr el resultado.
Para el etiquetado de alimentos existe una norma vigente, el “Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 67.01.07:10 Etiquetado General de los Alimentos Previamente Envasados” (Preenvasados)”, Decreto Ejecutivo N°37280-COMEX-MEIC, por lo que la importación de productos que no cumplan con estas disposiciones representa un incumplimiento de la norma técnica.
Para la CICR, el Ministerio de Salud por medio de la CIRCULAR MS-DRPIS-UR-1588-2023, garantizó el cumplimiento de este Reglamento al aclarar que los alimentos importados deben cumplir con la reglamentación vigente, la cual no incluye octágonos de advertencia, precisamente, porque del análisis técnico fundamentado no se ha podido concluir que estos mensajes tengan el impacto que buscan y, menos aún, que sean la medida menos gravosa para alcanzarlo.
Montenegro explicó que “Costa Rica ha sido rigurosa en el proceso de elaboración de los reglamentos técnicos y la fundamentación científica que los debe respaldar. Como país y como región no hemos optado por establecer octágonos de advertencias innecesarios en los productos alimentarios, ya que no tienen un impacto en la calidad de la información que requieren las personas antes de decidir comprar y consumir productos; son solamente un castigo de principio fundamentalista”.
“La creación de hábitos saludables es de suma importancia y es responsabilidad de todos, pero se ha demostrado que no depende de este tipo de etiquetado. Por eso es acertada la decisión del Ministerio de Salud al no permitir una decisión contraria a la ruta que ha seguido la región y que está claramente en nuestra normativa”, concluyó.