Elecciones 2026

Chavismo pide a TSE que PLN no participe en elecciones presidenciales: ¿Qué alegan?

La candidata a diputada de Pueblo Soberano, Marta Eugenia Esquivel, y el abogado Roy Thompson Chacón presentaron ante el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) un recurso de amparo electoral y nulidad contra la Asamblea Nacional del Partido Liberación Nacional (PLN) celebrada el 13 de septiembre de 2025, alegando que no se encontraba debidamente integrada.

🔍 ¿Qué reclaman los denunciantes?

El recurso sostiene que el PLN omitió realizar la asamblea cantonal de San Ramón y la asamblea provincial de Alajuela, lo que —según argumentan— impide la correcta integración de la Asamblea Nacional.

Los denunciantes citan el artículo 60 del Código Electoral, que exige que las asambleas nacionales estén conformadas a partir de las estructuras cantonales y provinciales. En ese sentido, alegan que no puede confundirse quórum con integración, ya que esta última es un requisito esencial de validez.

“La Asamblea Nacional no se integró y por tanto, no se podría rellenar con otros sectores ni estructuras la indispensable participación de los 10 integrantes obligatorios de la Provincia de Alajuela”, señalan en el documento.

⚖️ ¿Qué consecuencias tendría esa falta de integración?

Según el texto presentado, la ausencia de asambleas cantonales y provinciales invalida la existencia misma de la Asamblea Nacional, ya que “la integración válida constituye un requisito indispensable para su celebración”.

“Al no estar integrada ni designados los miembros de la cantonal y de la provincial, la celebración de una asamblea nacional acarrea una no integración que implica la nulidad de cualquier asamblea nacional celebrada en esas condiciones”, advierten.

Los recurrentes afirman que lo actuado por el PLN en esa fecha es “total y absolutamente nulo por ilegal”, lo que podría afectar las decisiones y nombramientos realizados en esa sesión partidaria.

🏛️ ¿Qué piden ante el TSE?

El recurso solicita que el Tribunal anule tanto la Asamblea Nacional del 13 de septiembre como tres resoluciones emitidas por el propio TSE:

  • DRPP-4572-2025 del 9 de julio de 2025

  • 4700-E3-2025

  • 5503-E1-2025

Los accionantes consideran que todas esas resoluciones contravienen los principios constitucionales de representatividad y participación política consagrados en el artículo 98 de la Constitución Política y en el artículo 60 del Código Electoral.

“La Asamblea Nacional del 13 de setiembre del Partido Liberación Nacional es nula de pleno derecho por incumplir las exigencias legales y constitucionales”, concluyen en su escrito.

Últimas noticias

Te puede interesar...

Últimas noticias

Edicto