CCSS pagó 1123 millones en gastos funerarios durante el 2014

Caja Costarricense del Seguro Social CCSSRedacción, 03 mar (elmundo.cr) – La Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) erogó durante el año 2014, un monto de 1123 millones de colones en subsidios, destinados a ayudar a las familias dolientes con los gastos funerarios de sus parientes.

De acuerdo con el licenciado Gerardo Arias, jefe de la Subárea Prestaciones en Dinero de la CCSS, este subsidio constituye parte de las prestaciones en dinero que la institución ofrece a la población asegurada, como parte de los beneficios que se reciben del régimen de Enfermedad y Maternidad, como lo son las incapacidades y las licencias por maternidad.

Según el funcionario, durante el año anterior, la CCSS otorgó un total de 12 402 subsidios por este concepto, lo que representó un promedio de 1034 casos mensuales, es decir, cerca de ¢94 millones erogados cada mes.

Explicó que este beneficio pueden hacerlo efectivo las personas que demuestren haber sufragado los gastos de un asegurado directo, cónyuge, compañero, compañera o viudo o viuda. Actualmente, el monto que se concede por la muerte de una persona en condición de asegurada directa es de ¢95 mil y para el compañero, compañera viudo o viuda, es de ¢63 mil.

El licenciado Arias manifestó que el subsidio se extiende a personas aseguradas por un patrono debidamente afiliado a la CCSS, asegurados voluntarios y a la población trabajadora independiente afiliada en forma individual o por convenios colectivos.

De la misma manera, las personas jubiladas por sistemas estatales no administrados por la CCSS que cotizan en forma directa para sus respectivos sistemas, los pensionados por el régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) y por el régimen No contributivo (RNC) por monto básico (cuando se trate de los titulares de la pensión; por parálisis cerebral profunda y los jefes de familia asegurados por el Estado.

El periodo para reclamar el beneficio, de conformidad con el artículo 61 de la Ley Constitutiva de la CCSS, establece seis meses a partir de la defunción.

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