San José, 5 may (elmundo.cr) – La Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), acordó modificar los “Lineamientos para la aplicación de los incisos 1) y 3) del artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social”, con el fin de dar una mejor interpretación a la normativa, así como agilizar los procedimientos que realizan las entidades públicas.
Se trata de una serie de condiciones que deben cumplir los patronos y trabajadores independientes, para ser sujeto de autorizaciones por parte de la administración pública de solicitudes relacionadas con:
- Permisos
- Exoneraciones,
- Concesiones o licencias
- Así como para participar en procesos de contratación pública regulado por la Ley de Contratación Administrativa o por la Ley de Concesión de Obra Pública
A partir de lo regulado en el artículo 74 de la Ley Constitutiva de la CCSS.
La presidenta ejecutiva de la CCSS, Marta Eugenia Esquivel, mencionó que «este es un gran paso en materia de simplificación de trámites, reactivación económica y en esa obligación que tienen las instituciones públicas de eliminar las “trabas” que puedan existir en los procesos y trámites».
«Nos hemos enterado, de casos en que, por una inadecuada interpretación de la norma, se les obliga a personas físicas y jurídicas, a inscribirse ante la CCSS y pagar cuotas sin que legalmente deben hacerlo. El objetivo de estos cambios normativos es procurar equidad, razonabilidad, seguridad jurídica y control en estos tipos de procedimientos administrativo», explico Esquivel.
Por otro lado, Luis Diego Calderón, gerente financiero de la CCSS, detalló que « el cambio dará mayor fluidez; específicamente para los casos en que una persona física o jurídica que aún no ha iniciado su actividad económica pueda realizar el trámite ante la Administración Pública, sin necesidad de estar inscrito ante la CCSS, pero condicionado a que, en un plazo establecido de ocho días, posterior al inicio de la actividad económica, acrediten su condición de estar inscritos y al día con la CCSS».
Desde la CCSS procuran que a los trabajadores independientes cuyos ingresos son menores a la Base Mínima Contributiva (327.337 colones) y, por consiguiente, no están obligados a contribuir a los seguros sociales administrados por la CCSS, no se les exija el requisito de estar inscrito ante la institución; aspecto relevante, pues son personas de bajos ingresos que dependen de estos trámites para continuar con sus actividades económicas.
Tras el acuerdo de la Gerencia Financiera procederá a efectuar la publicación del ajuste en el Diario Oficial La Gaceta.