San José, 19 feb (elmundo.cr) – La cancelación irregular de tres contratos adjudicados a la empresa Huawei, destinados a infraestructura clave para la implementación del 5G, siguen sin resolverse en el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE).
El Semanario Universidad informó que la Auditoría Interna del ICE le exigió explicaciones sobre el caso al gerente general, Harold Cordero, y a la gerente de Telecomunicaciones, Leda Acevedo.
Los tres contratos que no fueron prorrogados eran por un monto de más de $42 millones.
Según declaraciones de Mariola Mesén, administradora de contrato, al Semanario Universidad, ella comunicó la no prórroga a Huawei en función de una “petición superior”.
Por su parte, el gerente general, Harold Cordero, indicó: “Es preciso señalar que la decisión de no prorrogar la contratación que nos ocupa no fue conocida de previo por la Gerencia General, siendo que conforme la normativa aplicable, en materia de contratación pública, la misma no forma parte de su ámbito de competencia, tal y como se desarrollará en el punto siguiente, por lo que no es posible referir los fundamentos jurídicos, técnicos y financieros que motivaron la decisión de la Gerencia de Telecomunicaciones, como responsable de negocio”, dice el oficio 5500-0058-2025.
“Este tipo de decisiones sobre la prórroga o no prórroga de una contratación, en este caso resulta competencia de la Gerencia de Telecomunicaciones”, dice el texto.
Por su parte, gerente de Telecomunicaciones, Leda Acevedo, firma tres oficios donde responsabiliza a otros funcionarios. En una de las certificaciones señala al jefe de la División Desarrollo y Construcción de la Red, Adolfo Arias, y al jefe de la División Gestión Red y Mantenimiento, Óscar Romero, como las personas que tomaron la decisión de no prorrogar los contratos de Huawei (documento 6000-081-2025).
La División Jurídica del ICE confirmó que se siguió un proceso anormal al cancelar la prórroga de los contratos, según consta en el oficio 258-77-2025.
“Si bien se generó al contratista la comunicación respecto de una supuesta decisión de no prorrogar el contrato, esta no puede producir sus efectos, en vista que no se contó con el apoyo documental de tal decisión ni con la aprobación del órgano competente, como lo exigen la normas antes indicadas”, señala el documento.
Según la División Jurídica, la Administración debía emitir un “acto motivado” sobre la conveniencia de prorrogar o no los contratos, sin embargo, este paso se omitió para el caso en cuestión.