BCR, INS y Recope deberán aportar 30% de sus ganancias al Estado para solventar crisis fiscal

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San José, 22 ene (elmundo.cr) – BCR, INS y Recope forman parte de las catorce empresas públicas costarricenses darían un aporte solidario de hasta el 30% de sus utilidades como una medida temporal y extraordinaria para enfrentar la crisis generada por la pandemia y contribuir con la sostenibilidad de las finanzas públicas.

El proyecto de ley N.22.384, presentado por el Gobierno este viernes pretende recaudar anualmente un 0,20% del Producto Interno Bruto (PIB).

“El propósito de esta iniciativa es que, por un periodo de cuatro años, se aplique un aporte solidario sobre la utilidad de las empresas públicas después del pago de impuestos y cualquier otra carga, para que sea girado al Estado Costarricense, para atender el pago del servicio de la  deuda (amortización e intereses)”, especifica la propuesta con el nombre de Ley de aporte solidario y temporal sobre la utilidad de las empresas públicas al pueblo costarricenses para el ajuste fiscal.

La medida se aplicaría a las siguientes empresas públicas:

• Banco de Costa Rica (BCR) y sus subsidiarias.
• Banco Nacional de Costa Rica (BNCR) y sus subsidiarias.
• Instituto Nacional de Seguros (INS) y sus subsidiarias.
• Compañía Nacional de Fuerza y Luz S.A.
• Correos de Costa Rica S.A. (Correos)
• Editorial Costa Rica (ECR)
• Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (ICAA)
• Instituto Costarricense de Electricidad (ICE)
• Instituto Costarricense de Ferrocarriles (Incofer)
• Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP)
• Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo de la Vertiente Atlántica (Japdeva)
• Junta de Protección Social (JPS)
• Radiográfica Costarricense S.A. (Racsa)
• Refinadora Costarricense de Petróleo S.A. (Recope S.A.)

La iniciativa agrega que el porcentaje específico que le corresponderá a la entidad será determinado vía decreto. “Para determinar el monto efectivo que deberá pagar cada entidad, el Poder Ejecutivo podrá asignar porcentajes de aporte diferentes, en función de factores como: disposiciones de normativa prudencial, necesidades de capitalización y prioridades del plan nacional de desarrollo, entre otras. Siempre que el monto agregado de todos los aportes por año sea equivalente al 0,20% del PIB y que no supere el límite establecido del 30% a las utilidades disponibles”, explica.

Asimismo, el proyecto de ley contempla un apartado de transitorios a las leyes constitutivas de las entidades en los casos en que la normativa vigente podría generar conflictos con la propuesta al prohibir el devengo del Gobierno de un porcentaje de las utilidades netas de tales empresas.

La propuesta es clara en que las entidades no podrán trasladarles el aporte a sus clientes. “Se prohíbe a las empresas públicas cambiar, modificar o de alguna forma variar sus estructuras de costos con la finalidad de trasladar la carga del aporte a los usuarios o consumidores finales”, detalla el documento.

Este aporte solidario y temporal se cancelaría anualmente y entraría a regir durante cuatro años a partir de la publicación de la ley.

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