San José, 24 ago (elmundo.cr) -La diputada oficialista Carolina Hidalgo recalcó que las autoridades tienen la responsabilidad de construir infraestructura para la circulación de bicicletas de forma segura.
Esto de acuerdo al Art. 118 de la Ley General de Tránsito y la Ley de Movilidad y Seguridad Ciclística, señaló la legisladora.
Luego de conversar con medios sobre el proyecto de reforma al Art.119 de la Ley de Tránsito N°. 9078 específicamente, el inciso e), el cual dispone:
Artículo 119- Obligaciones de los ciclistas
[…]
e) Circular en las vías públicas cuya velocidad permitida no sea igual o mayor a ochenta kilómetros por hora (80 km/h), si existen intervenciones para la seguridad de los ciclistas como ciclovías, ciclovías segregadas o vías alternas adecuadas para su uso o en el caso de actividades especiales autorizadas por la Dirección General de Ingeniería de Tránsito.
Para lo cual la legisladora propone mediante el expediente N°22.119 la siguiente reforma:
ARTÍCULO 119- Obligaciones de las personas ciclistas
Las personas ciclistas deberán:
(…)
e) Circular por vías públicas cuya velocidad sea inferior a ochenta kilómetros por hora (80kph). Se exceptúan de esta obligación en aquellas vías que no cuenten con infraestructura adecuada para facilitar la movilidad ciclística como ciclovías, ciclovías segregadas o rutas alternas adyacentes y paralelas a dichas vías públicas, en cuyo caso si será permitida la circulación en bicicleta.
Es responsabilidad del Ministerio de Obras Públicas y Transportes tomar las medidas correspondientes para la seguridad de las personas usuarias de dichas vías y desarrollar la infraestructura que sea necesaria para facilitar la movilidad ciclística.
(…)
“Es importante recalcar que la Ley ya permite a ciclistas transitar en carreteras con velocidades iguales o mayores a 80km/h en algunos casos, pero su redacción se prestaba a interpretación”, concluyó.