
Por Rocío Álvarez Olaso
San José, 10 may (elmundo.cr) – Los asesores presidenciales Diego González Fernández y Rebeca Sandí Salvatierra estarían recibiendo los incentivos salariales de prohibición y dedicación exclusiva sin contar con los requisitos establecidos por la Ley.
Diego González es jefe de Despacho de la Dirección Jurídica de la Casa Presidencial, donde asiste al Director General, Marvin Carvajal. Por su parte Rebeca Sandí trabaja en el mismo despacho.
Estos asesores no tenían a marzo del presente año el grado académico de licenciatura, requisito indispensable para colegiarse y ejercer la abogacía.
Adicional a esto para recibir el incentivo salarial de prohibición es un requisito indispensable estar incorporado al colegio respectivo, en este caso al Colegio de Abogados, situación de la que ambos carecen.
Según un dictamen de la Procuraduría General de la República son “requisitos adicionales para aplicación de prohibición del art. 15 LCCEI (Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública) : a) contar con el grado académico necesario y, b) encontrarse, debidamente, incorporado en el colegio profesional respectivo”.
Sobre esto el ente estatal indica, “ahora bien, interesa acotar que para que resulte aplicable la retribución económica derivada del no ejercicio de la profesión liberal, prevista en el numeral 15 de la ley de cita, es de observancia obligatoria cumplir con dos requisitos adicionales: El servidor público debe contar con el grado académico necesario, así como también encontrarse debidamente incorporado en el colegio profesional respectivo, que lo faculte para ejercer la profesión liberal. Dicho de otro modo, no es suficiente que la persona desempeñe alguno de los cargos públicos enumerados anteriormente en el artículo 15, sino que para que ese pago de prohibición resulte procedente, el funcionario debe estar en posibilidad de beneficiarse por el ejercicio de la profesión que desempeña. (…)”.
Según indicó Casa Presidencial ante consulta de este medio, Diego González Fernández recibió en el mes de marzo del presente año 265.770 colones por concepto de prohibición y además recibió el rubro de dedicación exclusiva.
En este sentido la Procuraduría apunta “Cuando el puesto está sujeto a prohibición para el ejercicio liberal de la profesión resulta improcedente suscribir contrato por dedicación exclusiva”.
En el caso de la asesora, María Rebeca Sandí Salvatierra, recibió en el mes de marzo el mismo monto de 265.770 colones por concepto de prohibición, así como un monto por dedicación exclusiva. Estos rubros son recibidos mensualmente por los asesores mencionados.
Estos funcionarios fueron dirigentes estudiantiles en la Asociación de Derecho de la Universidad de Costa Rica, donde ocuparon altos puestos en un partido político donde fueron presidente y vicepresidente los hijos del presidente Luis Guillermo Solís.
Ambos asesores estuvieron involucrados en una polémica en febrero pasado donde se cuestionó que no contaban con la experiencia, ni los títulos para los cargos que ocupaban, además el Colegio de Abogados inició una investigación porque no estaban incorporados al colegio.
En esa oportunidad desde Casa Presidencial se salió en una campaña en defensa de sus asesores, valorando el hecho de que este gobierno le daba espacio a la juventud.
Sobre el tema de los incentivos, elmundo.cr consultó al jurista Ewald Acuña, que sobre el caso indicó “no te pueden pagar prohibición como abogado sino estás incorporado porque es indispensable estar colegiado para ejercer como tal”.
“No encuentro razonable el pago de prohibición, un bachiller en derecho es un grado académico no una habilitación profesional”, finalizó Acuña.
Extracto Planilla Ministerio de la Presidencia Marzo 2015

