
San José, 20 abr (elmundo.cr)- La sesión de la Comisión de reforma a las Pensiones del Poder Judicial , realizada el martes anterior en la que se ausentaron cuatro diputados y donde se aprobó discutir el texto inicial presentado por el gremio, es invalida.
Así lo dio a conocer el departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa, tras una consulta planteada por los diputados, quienes se enfrentaron por llevar a cabo la sesión que supuestamente quedó cancelada desde el lunes en horas de la tarde.
Los diputados ausentes Johnny Leiva, del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC); Natalia Díaz, del Partido Movimiento Libertario; Marcela Guerrero y Franklin Corella del Partido Acción Ciudadana (PAC) están en contra de discutir ese texto y en su lugar, prefieren la iniciativa presentada por la Superintendencia de Pensiones (Supen).
Pese a que Servicios Técnicos dio una resolución, esta no es vinculante, es decir, es solamente un criterio y dependerá de los diputados si continúan con la discusión del texto de la Supen o vuelven al proyecto presentado por el gremio.
“Para nosotros es una opinión técnica que deberíamos de respetar porque habían compañeros que decían que sí era valida, habían otros que decían que no y por eso se hace la consulta”, comentó Leiva, quien preside la comisión.
Aunado a ello, resaltó que si se ignora la resolución de Servicios Técnicos, se estaría cayendo en un vicio de nulidad y que incluso se podría “caer un proyecto tan importante que al final lo que le estarían diciendo a los costarricenses es que no quieren resolver el Régimen de Pensiones del Poder Judicial”.
Los diputados que sí se presentaron a dicha sesión en que se aprobó el texto, es decir, Ronny Monge, Sandra Piszk y Julio Rojas, del Partido Liberación Nacional; Abelino Esquivel, del Partido Renovación Costarricense (PRC); y Jorge Arguedas del Frente Amplio, presentaron también una consulta ante la misma instancia.
De acuerdo con Monge el criterio no es objetivo, pues la persona encargada del departamento fue anteriormente un asesor del PAC, por lo que en lugar de actuar ante la verdad de los hechos
“El criterio de Servicios Técnicos trasgrede a todas luces las funciones y capacidades que tiene, porque dice que el acto fue nulo, pero no puede decretar un acto nulo Servicios Técnicos, este es un acto de la Administración Pública y la nulidad de un acto solo puede ser decretada a través de un Tribunal Contencioso Administrativo. No nos sorprende, es una persona que ha estado ligada históricamente al PAC”, explicó el liberacionista.
Monge agregó que ahora corresponde esperar la próxima sesión para conocer como procederá Leiva, presidente de la comisión, pues si decide continuar con el texto de la Supen, optarán por anular el mismo.