Aresep rechaza solicitud de aumento tarifario solicitado por Coopeguanacaste

ARESEP

Guanacaste, 1 abr (elmundo.cr) – La decisión de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep) de rechazar la solicitud de aumento tarifario para los servicios de generación, distribución de electricidad y alumbrado público, que pretendía la Cooperativa de Electrificación Rural de Guanacaste (Coopeguanacaste), respalda la argumentación presentada por la Defensoría de los Habitantes en defensa de las y los abonados de esta provincia.

Coopeguanacaste solicitó a la Aresep un incremento del 12.80% para el  servicio de alumbrado público y un 10.10% para el servicio de distribución de electricidad. Asimismo, pidió que por primera vez se aprobara una tarifa para la generación de electricidad por un monto de ₡35.36 colones por KWH.

De haberse aprobado la solicitud un hogar que consuma 250 kWh por mes habría aumentado el pago mensual de electricidad de ¢23.195 a ¢25.380; es decir, pagaría de forma adicional por mes ¢2.185 que se traduce en ¢26.220 al año.

Ante esto la Defensoría de los Habitantes señaló a la Autoridad Reguladora que los costos y gastos del año utilizado como base para la solicitud de aumento (año 2014) estaban sobrevalorados, principalmente porque la cooperativa en sus proyecciones utilizó una tasa de inflación estimada que superaba hasta cuatro veces las estimaciones del Banco Central; así como la inclusión de un porcentaje considerable en gastos administrativos para el desempeño de la Cooperativa que no debían corresponder al servicio regulado.

La Defensoría también sostuvo que no era una justificación válida, por parte de Coopeguanacaste, basar la solicitud de aumento en sus tarifas en función de las solicitudes de aumento del ICE en trámite, ya que en el momento en que se presentaba la solicitud de la cooperativa, la Aresep aún no había resuelto lo solicitado por el ICE.

Además, la Cooperativa de Electrificación justificó su solicitud en el desarrollo de proyectos de generación solar, biomasa, eólicos e hidroeléctricos. No obstante, considero la Defensoría que de reconocerse esas inversiones, se debía dar seguimiento al uso de esos recursos y su debida ejecución.

Tras analizar la petición de Coopeguanacaste, así como las objeciones presentadas por distintos sectores, incluida la Defensoría, la Autoridad Reguladora resolvió rechazar las solicitudes de aumento para los servicios de distribución y alumbrado público; así como el establecimiento de una tarifa para el servicio de generación.

En su resolución la Aresep señala, entre otras cosas, que la empresa incumplió con los requerimientos establecidos para aplicar la metodología vigente; y alega que Coopeguanacaste es la única empresa distribuidora que no cuenta con tarifas diferenciadas para los distintos servicios públicos que presta; razón por la cual tramitar las peticiones de la empresa podría significar un doble reconocimiento de costos.

Debido a la resolución de Aresep, la Defensoría muestra su satisfacción por el rechazo de la solicitud de aumento de las tarifas pretendido por Coopeguanacaste, ya que esta empresa de electrificación presentó inconsistencias en sus argumentos que no permitían aclarar el comportamiento verdadero de los costos, y gastos; así como de la eficiencia de sus operaciones; y la justificación técnica y financiera para nuevas inversiones.

La Defensora de los Habitantes, Montserrat Solano Carboni indicó que “las y los abonados de esta empresa no tienen por qué pagar en sus tarifas aumentos desproporcionados que no están acorde con la realidad económica del país; y que les afecta como consumidores de un servicio básico como es el caso de la electricidad”.

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