Aquí Costa Rica Manda queda fuera de elecciones municipales 2024

San José, 14 dic (elmundo.cr) – El Partido Aquí Costa Rica Manda quedó fuera de las elecciones municipales 2024, por no cumplir con el principio de paridad horizontal en las nóminas de sus candidaturas para las alcaldías.

Esto luego de que los magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) declara sin lugar el recurso de apelación electoral interpuesto contra las resoluciones de la Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos, por el presidente de Aquí Costa Rica Manda, Federico Cruz “Choreco”.

En la resolución N.° 10148-E3-2023, los magistrados indican que “una condición directa e ineludible, de acuerdo con lo dispuesto en las resoluciones n.° 1330-E8-2023 y 2910-E7-2023, es que una agrupación política no podía, ni siquiera, arrancar su proceso interno de selección de candidaturas si no había definido antes sus encabezamientos de forma paritaria; en otras palabras, el partido político no podía convocar a sus militantes a escoger candidaturas si los encabezamientos no estaban definidos previamente de manera paritaria“.

“En este caso en concreto, ha quedado acreditado, con absoluta certeza, que el PACRM no fue capaz, a través de una decisión adoptada por su Asamblea Nacional como órgano máximo de la agrupación, de definir de manera paritaria los encabezamientos en las sindicaturas a lo largo del país -esto en virtud de que se trata de un partido político a escala nacional- lo que impedía que ese partido convocara la contienda para escoger las candidaturas a las sindicaturas que finalmente presentaría al electorado”, agregan.

De igual forma indican que “en concreto, el PACRM no consiguió, en ninguna de las tres ocasiones que lo intentó, que la Asamblea Nacional definiera esos encabezamientos cumpliendo las reglas de la paridad horizontal, con lo cual la contienda interna para definir las candidaturas que la agrupación presentaría a las sindicaturas no pudo haber arrancado, ni siquiera debió ser convocada, pues es evidente que el partido no consiguió satisfacer las reglas dispuestas por el Código Electoral y el Tribunal Supremo de Elecciones para satisfacer la paridad horizontal para las sindicaturas”.

“Por ende, dado que el PACRM no consiguió definir los encabezamientos para las candidaturas a las sindicaturas que presentaría en los diversos distritos del país cumpliendo las reglas dispuestas para esta contienda electoral y tomando en consideración que la consecuencia de esa omisión, atribuible únicamente al partido político, era el rechazo de toda su nómina de personas candidatas a todas las sindicaturas del país, las decisiones de la Dirección, adoptadas en cada una de las resoluciones indicadas en el resultando 2 de esta sentencia, se encuentran apegadas al ordenamiento jurídico y se ajustan a las reglas vigentes para este proceso electoral, por lo que carece de sustento jurídico la impugnación formulada“, concluyen.

Cabe recordar que en el caso de la inscripción de las candidaturas a las alcaldías de Aquí Costa Rica Manda fueron igualmente denegadas por la Dirección del TSE por no cumplir con la paridad horizontal, y presentar una serie de irregularidades en sus asambleas cantonales y durante la celebración de la asamblea superior.

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