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Aprueban en segundo debate ley para dar seguridad jurídica a Zonas Francas

San José, 26 may (elmundo.cr)- La Asamblea Legislativa aprobó en segundo debate la “Interpretación auténtica del inciso D) del artículo 20 de la Ley 7210, Ley de Régimen de Zonas Francas”.

La iniciativa que se encuentra bajo el expediente 21.294, fue aprobado el día de hoy con 41 votos a favor.

Este proyecto fue presentado por el jefe de fracción del Partido Liberación Nacional, Luis Fernando Chacón, y busca dar seguridad jurídica a las Zonas Francas.

Según el legislador, está iniciativa recae ante su interés por impulsar la reactivación económica del país.

“Por años ha existido la confusión entre el impuesto de bienes inmuebles y el impuesto territorial, que al fin y al cabo tienen la misma connotación; sin embargo, esta exoneración prevista en este régimen especial para la atracción de inversión y empleos, actualmente no es aplicada de forma uniforme en todos los municipios y zonas francas”, comentó el diputado.

Para el legislador “este panorama de contradicción de criterios entre diferentes operadores jurídicos y de consecuente incerteza jurídica sobre el inciso d) del artículo 20 de la Ley de Régimen de Zonas Francas, urge, en aras de establecer reglas claras, interpretar auténticamente dicho inciso”.

En dicho artículo se estipula que las empresas acogidas al régimen de zona franca gozarán de los varios incentivos, entre ellos, la exención, por un período de diez años a partir de la iniciación de las operaciones, del pago de impuestos sobre el capital y el activo neto, del pago del impuesto territorial y del impuesto de traspaso de bienes inmuebles.

Dentro de su proyecto de ley, Chacón Monge apeló a que “el Estado costarricense estableció el Régimen especial de Zona Franca con el objetivo de incentivar la Inversión Extranjera Directa (IED), el empleo y el comercio internacional, por ello es necesario que el sistema de incentivos fiscales funcione adecuadamente”.

Por lo que Chacón considera que “para que las empresas nacionales y extranjeras puedan optar por este régimen y todos los incentivos que concede, específicamente para la exoneración de bienes inmuebles y su vigencia, es necesario interpretar correctamente lo pretendido en la Ley No. 7210 del Régimen de Zonas Francas”.

Por lo que, la ley aprobada, hace un cambio a la interpretación de dicho artículo, siendo que “se interpreta auténticamente el inciso d) del artículo 20 de la Ley N.° 7210, Ley de Régimen de Zonas Francas, de 23 de noviembre de 1990, en el sentido de que donde dice “impuesto territorial” debe entenderse ‘impuesto sobre bienes inmuebles'”.

Chacón, aseveró que “la inseguridad jurídica anteriormente expuesta repercute en la competitividad de nuestro país en momentos en que este atraviesa una severa crisis de desempleo, la cual golpea según los datos oficiales al 12% de la población. Así las cosas, es menester resolver cuanto antes todos los escollos legales que generen lastres a los ecosistemas de negocios y a la creación de más y mejores empleos para los costarricenses”.

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