San José, 27 abr (elmundo.cr) – El alcalde de Siquirres, Mangel Mclean y su vicealcaldesa Sara Méndez Morales, habrían cobrado millones por la compensación salarial para no ejercer profesiones liberales, de manera ilegal.
Así se pudo determinar luego de una investigación que realizó el exalcalde de Siquirres y asesor legislativo, Juan Carlos Binns y cuyos hallazgos fueron corroborados de manera independiente por EL MUNDO.
El caso se remonta al nombramiento de ambos, luego de resultar victoriosos en las elecciones municipales del 2016 con el Partido Liberación Nacional. Días después de su llegada al gobierno local, se les aprobó el pago del 65% adicional a su salario base por concepto de la prohibición, establecida en el artículo 14 y 15 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública.
Sin embargo, dicha norma claramente establece que la prohibición es para ejercer profesiones liberales y la docencia no es considerada una de ellas. Así lo ha reiterado además el Abogado del Estado en su criterio vinculante 226 de julio del 2014 y reiterado en el criterio 033 de agosto del 2016.
“El reconocimiento de prohibición, exige, como requisito sine qua non (condición sin la cual no) detentar profesión liberal (…) La docencia, es una profesión de suyo respetable, con absoluta relevancia, en nuestra sociedad, ya que, propugna por la transmisión de conocimiento, en aras de formar, académicamente, a otras personas. Empero, el docente no lo aplica para prestar servicios, por lo que, no puede enmarcarse en la categoría que nos ocupa –liberal-“, dice el informe de la Procuraduría General de la República y del cual, EL MUNDO tiene copia.
Cálculos hechos por el denunciante afirman que los sobresueldos percibidos por el alcalde de Siquirres a raíz de la prohibición suman ya 19 millones de colones, en vista que su sueldo pasó de ¢2.714.000 colones por mes, a ¢4.888.000 colones mensuales, es decir, un sobresueldo de ¢1.764.000 colones.
Mclean tiene como profesión ser educador de educación física, lo que no lo califica para percibir la compensación salarial en vista que esta no califica como una profesión liberal, de modo que esa remuneración carece de base legal.
EL MUNDO contactó al alcalde para conocer su versión y descargo ante la denuncia, que ya fue presentada ante la Procuraduría, la Contraloría General y el viernes lo será ante la Fiscalía General, sin embargo, no respondió nuestras llamadas ni mensajes.
CASO DE LA VICEALCALDESA. Al igual que Mclean, la vicealcaldesa de Siquirres, Sara Méndez Morales, recibe la compensación por prohibición para ejercer profesiones liberales, a pesar de ser educadora pensionada.
Cuando le entregaron el rubro del 65% adicional a su salario base, su remuneración pasó de ¢1.974.000 colones a ¢3.257.000 colones mensuales, una diferencia de ¢1.283.000 colones.
Con esos datos, se calcula que las sumas pagadas de más a la funcionaria superarían los ¢14 millones de colones.
En el caso de Méndez existe un agravante: ella es educadora pensionada por lo que solamente debería recibir un importe de 50% por gastos de representación, de acuerdo con el artículo 20 del Código Municipal.
La investigación del asesor legislativo pudo determinar además, que el pago de prohibición tanto al alcalde como a la vicealcaldesa se autorizó, luego de que Oscar Pessoa Arias, abogado de la Municipalidad, emitió un oficio avalando la entrega del rubro salarial para ambos.
DENUNCIA. El caso ante la Fiscalía General de la República salpicará además a los regidores de la Municipalidad de Siquirres que aceptaron entregar la prohibición al alcalde y la vicealcaldesa.
Se trata de Gerardo Badilla Castillo, Anabell Rodríguez Campos, Miriam Hurtado Rodríguez, Julio Gómez Rojas y Róger Davis Benneth, quienes en la sesión del 16 de mayo del 2016 aprobaron de forma unánime la remuneración adicional para Mclean y Méndez.
La denuncia girará en torno a los supuestos delitos de enriquecimiento ilícito y prevaricato. El primero de los delitos, imputados al alcalde y vicealcaldesa se sanciona con cárcel de tres a seis años según el artículo 45 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito, mientras que el segundo, imputado a los regidores, impone cárcel de dos a seis años según el artículo 350 del Código Penal.