Abogado del Estado confirma ilegalidad en pago de prohibición a Ana Gabriel Zuñiga

Ana Gabriel Zuñiga Aponte, viceministra de la Presidencia. Foto: Luis Madrigal / El Mundo CR
Ana Gabriel Zuñiga Aponte, viceministra de la Presidencia. Foto: Luis Madrigal / El Mundo CR

San José, 19 abr (elmundo.cr) – La Procuraduría General de la República, ente que funge como abogado del Estado confirmó que el pago de prohibición a la viceministra de la Presidencia, Ana Gabriel Zuñiga Aponte carece de base legal.

Así lo determinó la entidad mediante un criterio que fue remitido al Ministerio de la Presidencia, luego de que esa institución enviara una consulta como parte de un procedimiento administrativo abierto, por el pago de la compensación de prohibición a la viceministra.

Una investigación de EL MUNDO determinó el año anterior que Ana Gabriel Zuñiga Aponte cobró ilegalmente más de 30 millones de colones en prohibición, ya que no tenía los requisitos para percibir la compensación, que equivale al 65% de su salario base.

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Zúñiga, egresada de la licenciatura en Derecho no puede ejercer liberalmente su profesión y no está incorporada al Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, ambos requisitos indispensables para ejercer la abogacía en Costa Rica.

Anteriormente, en una comisión del Congreso, la Contralora General de la República, Marta Acosta también señaló la ilegalidad del pago de prohibición a la jerarca, sin embargo, dijo que esperaría a que la Procuraduría se pronunciara para determinar si devolvía o no los dineros.

“Para tener derecho a la compensación económica derivada de esa prohibición −que consiste en un 65% calculado sobre el salario base− es indispensable ocupar uno de los puestos afectados por la restricción, ostentar una profesión liberal, y estar en posibilidad efectiva de ejercerla, lo que implica estar incorporado al Colegio Profesional respectivo, en los casos en que así se requiera para el ejercicio liberal de la profesión”, dice el pronunciamiento del Abogado del Estado.

La Procuraduría fue clara en que los funcionarios que sean egresados de la carrera de Licenciatura en Derecho no pueden ejercer liberalmente la abogacía, pues para ello es necesario que hayan obtenido el grado académico de licenciatura, y que sean miembros activos del Colegio de Abogados de Costa Rica.

“Por lo anterior, los funcionarios que sean egresados de la carrera de Licenciatura en Derecho y que ocupen alguno de los cargos a los que se refiere el artículo 14 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, no tienen derecho a recibir la compensación económica contemplada en el artículo 15 de esa ley”, dice el documento.

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