San José, 3 abr (elmundo.cr) – El abogado constitucionalista, Fabián Volio le dijo a EL MUNDO que las medidas de restricción vehicular anunciadas por el presidente de la República, Carlos Alvarado el miércoles, podrían ser inconstitucionales.
“El presidente puede hacer el decreto, pero la Constitución Política indica que debe presentar ese decreto ante la Asamblea Legislativa para que lo conozca, ya que estamos en periodo de sesiones extraordinarias”, explicó Volio.
El abogado indicó que la combinación de los artículos 140.4, 121.7 y 180 párrafo segundo de la Constitución Política, indican que cuando se está en periodo de sesiones extraordinarias, la presidencia debe enviar el decreto a la Asamblea Legislativa y los diputados deben sesionar antes de 48 horas para conocerlo. En este caso los legisladores no han parado de sesionar, incluso lo harán varios días de la próxima semana.
“No hay una excusa para no presentar el decreto; la combinación de ese decreto y la ley que se produciría permitirían la suspensión del derecho a la libre circulación y reunión que puede ser en todo el país o solo en una parte”, explicó el especialista.
Volio indicó que “ante la omisión del Poder Ejecutivo” de enviar el decreto, los propios diputados podrían plantear una moción para conocerlo, discutirlo y promulgar la ley que autorice la suspensión circulación y de reunión.
El constitucionalista explicó que el Gobierno ha fallado en la interpretación de la Constitución Política, incluso al prohibir la circulación únicamente de vehículos, ya que la Sala Cuarta no se ha pronunciado sobre la restricción únicamente de un tipo de transporte para todo el país.
Esto podría, no solo poner en riesgo la aplicación de las medidas para dar inicio mañana, sino que las multas generadas los días pasados por irrespetar la restricción establecida y las que se hagan en los próximos días, podrían ser anuladas por la Sala Constitucional.
Si bien esta misma sala ya rechazó un recurso contra la restricción, los alegados presentados fueron otros, por lo que habría que esperar para conocer su criterio si alguna acción fuera planteada siguiendo la tesis planteada por Volio.
Hasta el momento se realizado 2245 infracciones por irrespetar la restricción vehicular sanitaria.