Últimas noticias

Edicto

ABC: ¿Qué propone el proyecto para permitir la reelección presidencial consecutiva en Costa Rica?

San José, 27 oct (elmundo.cr) – La iniciativa plantea reformar la Constitución Política para que el presidente y los vicepresidentes puedan optar por un segundo mandato consecutivo, con una pausa obligatoria de cuatro años antes de volver a ocupar esos cargos.

El proyecto de ley presentado este martes en la Asamblea Legislativa propone modificar la Constitución Política para permitir la reelección presidencial consecutiva en Costa Rica. La iniciativa, identificada con el expediente 25.867, fue presentada por el diputado Osvaldo Artavia Carballo con el apoyo de la fracción de Pueblo Soberano.

Estos son los principales alcances de la propuesta:

1. ¿Qué cambiaría?

El proyecto busca reformar el artículo 132 de la Constitución Política y añadir un nuevo artículo, el 132 bis, para permitir que el presidente de la República y los vicepresidentes elegidos popularmente puedan participar en las elecciones nacionales inmediatamente posteriores a su mandato.

Actualmente, la Constitución impide que una persona que haya ejercido la Presidencia durante cualquier período dentro de los ocho años anteriores a una elección pueda ser elegida nuevamente, de acuerdo con la redacción vigente del artículo 132.

La iniciativa eliminaría esa restricción y establecería expresamente la posibilidad de buscar la reelección consecutiva.

2. ¿Cuántos períodos consecutivos podría gobernar un presidente?

El texto permitiría al presidente y a los vicepresidentes en ejercicio participar en la elección inmediatamente siguiente y ser reelegidos para un nuevo período constitucional de forma consecutiva.

Esto significa que podrían aspirar a un segundo mandato sin tener que esperar cuatro u ocho años para volver a competir electoralmente.

Sin embargo, la propuesta establece que, después de finalizar su último mandato, deberán transcurrir cuatro años antes de que puedan volver a ocupar esos cargos de elección popular.

Por tanto, el proyecto no establece una reelección presidencial consecutiva ilimitada: contempla un máximo de dos períodos seguidos antes de una pausa obligatoria de cuatro años para volver a ejercer esos cargos.

3. ¿Qué pasaría con las restricciones para ser candidato presidencial?

La reforma también modificaría las prohibiciones del artículo 132 de la Constitución.

El texto mantendría impedimentos para determinadas personas, entre ellas:

  • Los familiares por consanguinidad o afinidad en línea ascendente o descendente, así como los hermanos, de quien ocupe la Presidencia al momento de la elección o la haya ejercido durante algún lapso dentro de los seis meses anteriores.
  • Quienes hayan sido ministros de Gobierno durante los 12 meses anteriores a la elección.
  • Los magistrados propietarios de la Corte Suprema de Justicia y los magistrados propietarios y suplentes del Tribunal Supremo de Elecciones.
  • El director del Registro Civil, los directores o gerentes de instituciones autónomas y el contralor y subcontralor generales de la República.

La iniciativa elimina del texto del artículo 132 la prohibición relacionada con haber ejercido la Presidencia durante los ocho años anteriores a la elección, que es la restricción que actualmente limita la reelección consecutiva.

4. ¿Por qué se plantea la reforma?

La exposición de motivos sostiene que el sistema constitucional debe ofrecer mayores posibilidades a los gobernantes para ejecutar los objetivos y las metas de sus políticas estatales.

El proyecto también recurre a antecedentes históricos de la legislación costarricense y a la jurisprudencia de la Sala Constitucional sobre los derechos políticos y el derecho de elección.

En particular, cita la resolución 2003-02771, del 4 de abril de 2003, mediante la cual la Sala Constitucional anuló la reforma de 1969 que había prohibido totalmente la reelección presidencial.

La iniciativa argumenta que la posibilidad de reelegir a un gobernante amplía las opciones de los ciudadanos para escoger a sus representantes.

5. ¿Cuándo entraría en vigor?

El proyecto establece que la reforma al artículo 132 y la incorporación del artículo 132 bis tendrían efectos jurídicos a partir de su publicación.

No obstante, el documento presentado no detalla un calendario legislativo para su discusión y aprobación ni establece una fecha específica para su eventual aplicación electoral.

6. ¿Ya está aprobada la reelección consecutiva?

No. La presentación del proyecto constituye el inicio de una iniciativa legislativa, no una modificación vigente de la Constitución.

Para que la propuesta entre en vigor, deberá completar el procedimiento legislativo correspondiente a una reforma constitucional.

Hasta entonces, se mantienen las disposiciones constitucionales vigentes que regulan la elegibilidad para la Presidencia y la Vicepresidencia de la República.

En síntesis: el proyecto pretende permitir que un presidente y sus vicepresidentes puedan buscar un segundo mandato consecutivo, pero les exigiría esperar cuatro años después de finalizar su último período antes de volver a ocupar esos cargos. La propuesta todavía debe seguir el trámite legislativo correspondiente.

Últimas noticias

Te puede interesar...