
San José, 23 Set (Elmundo.cr) – Al menos 44 conductores de motocicletas fueron sancionados por transitar con menores de 5 años, en los primeros 8 meses de este año. Esta situación se da a pesar de que está prohibido por la Ley, por un tema de seguridad.
Tras estos datos se estima que al menos dos conductores son sancionados por día con una multa de ¢207.088.20 y acumularon 4 puntos en su licencia.
La Subdirectora de la Policía de Tránsito, Licda Sonia Monge Jara, lamentó que cuando a estas personas se les detiene y se les multa, se dedican a buscar justificaciones para la conducta que cometieron, aduciendo que era un viaje corto, que habían dejado la silla o el booster en la casa, que son muy caros y no lo han podido comprar, entre otras.
Esto a pesar de que el uso de los dispositivos de retención de menores, de acuerdo a su peso, talla y edad es obligatorio.
“Una persona instintivamente, en un choque, busca protegerse con los brazos, por lo que soltará al niño de inmediato. Según datos que se encuentran fácilmente en Internet, un niño de 25 kg, en un choque a una velocidad relativamente baja de 50 km/h, multiplica por 40 veces su peso al ser expulsado; es decir, sale como una bala humana de una tonelada. Un choque a 40 km/h es como caer de un cuarto piso. No querer entender esto es simple irresponsabilidad y falta de amor a los suyos”, comentó Monge.
Desde abril del 2014, rige el reglamento que regula todo lo relativo a los dispositivos de retención infantil por lo que no existe excusa para que, 18 meses después, las personas digan que no tienen el dispositivo o no sabían que lo requerían.
Además Monge agregó, una llamada de atención a las personas que buscan justificar su falta diciendo que llevan al niño bien sujeto con los brazos, cuando los expertos en física han probado reiteradamente que nada impedirá que el niño salga volando por el parabrisas.
También se reportan 3.236 conductores quienes fueron sancionados precisamente por no utilizar el cinturón o permitir que sus acompañantes no lo llevaran, esto a pesar que la ley es clara.
Esta Ley de Tránsito que rige desde el 26 de octubre de 2012 no hace ninguna distinción respecto a que los únicos que deben llevar el cinturón de seguridad sean los que viajan en los asientos delanteros del automotor. La Ley indica que los ocupantes del vehículo deben usar su cinturón y por tanto deben llevarlo puesto todos los pasajeros, niños o adultos, adelante o atrás.
“Las personas creen que son muy astutos y que se salieron con la suya cuando al ver a un oficial se ponen rápidamente el cinturón o lanzan al asiento de al lado el celular. La verdad es que solo se libraron de una multa pero la muerte o una tragedia los seguirá rondando mientras insistan en estas conductas”, comentó la Subdirectora Monge.
Se estima que 1.532 personas han sido sancionadas debido a la distracción que genera conducir al tiempo que se envían mensajes de texto o se contestan llamadas, sin el dispositivo de manos libres.
Ambos comportamientos, tanto no usar el cinturón de seguridad como utilizar el celular mientras se conduce, implican una multa de ¢103.544.10.