Proyecto de Ley 19.996: Ley de creación del Tribunal Administrativo de Competencia

DETALLES DEL PROYECTO DE LEY

  • Número de expediente: 19.996
  • Nombre: LEY DE CREACIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE COMPETENCIA
  • Procedimiento: Proyecto de Ley ordinario
  • Fecha de presentación: 09/06/2016 0:00
  • Fecha de vencimiento: 09/06/2020 0:00
  • Estado: Sin aprobar

PROPONENTES

  • Poder Ejecutivo (Administración Solís Rivera 2014-2018)

RESUMEN DEL PROYECTO

Nota: Este resumen se realizó con base al texto base del proyecto de Ley, por lo que podría distar de lo que fue dictaminado en la comisión legislativa y aprobado en el Plenario legislativo. 


La propuesta consiste en la creación de un Tribunal Administrativo de Competencia, que reúna los elementos de una autoridad de competencia fuerte, independiente y con una gran capacidad de investigación de las prácticas anticompetitivas.

El Tribunal se encargará de defender y promover el proceso de competencia y libre concurrencia. Conocerá de oficio o por denuncia, y sancionará, cuando proceda, las prácticas monopolísticas y concentraciones ilícitas.

El Tribunal será un órgano de desconcentración máxima, adscrito al Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) y estará conformado por tres miembros propietarios, los cuales son los encargados de emitir las resoluciones.

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GUÍA BÁSICA

  • Número de expediente: Representa el número bajo el que es tramitado el proyecto de Ley. Se otorgan de forma consecutiva por parte de la secretaría del Directorio del Congreso.
  • Nombre: Nombre que el proponente le dio al proyecto de Ley.
  • Procedimiento: Determina los pasos que debe seguir el proyecto en el Congreso. Existen diferentes clases de procedimiento: Ordinario, reformas a la Constitución Política, nombramientos, reformas al Reglamento de la Asamblea Legislativa, declaratorias de la Comisión de Honores (benemeritazgos, reconocimientos, etc.).
  • Fecha de presentación: Se refiere a la fecha en que fue presentado el proyecto de Ley ante la Asamblea Legislativa.
  • Fecha de vencimiento: Se refiere a la fecha en que el proyecto de Ley cumple su periodo de vida de cuatro años. Si ningún diputado presenta una moción para que se le extienda el periodo, en caso de que no haya sido aprobado al cumplirse su plazo de cuatro años, el proyecto se envía al archivo sin mayor trámite.
  • Proponentes: Se refiere a la persona que presenta el proyecto de Ley. Puede ser un diputado o un grupo de diputados, el Poder Ejecutivo o mediante iniciativa popular.

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