Implicaciones de la inclusión desmedida en la educación

» Por Victoria Rodríguez Durán - Abogada

Foto con fines ilustrativos.
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El derecho a la educación forma parte esencial dentro de nuestra sociedad. Sin duda alguna, un país educado genera mejores oportunidades para sus ciudadanos. Este hecho ha venido desarrollándose durante nuestra historia, y fue claramente visualizado desde los años cuarenta, cuando se realizaron diversas reformas sociales, dentro de las cuales se encuentran las reformas educativas. Dichas ideas permanecieron y fueron plasmadas en la Constitución Política actual, al determinar que el derecho a la educación es un derecho fundamental. Adicionalmente, varios Convenios Internacionales también han desarrollado este derecho. Otro de los derechos fundamentales incorporados en la Constitución Política es el principio de igualdad, visto desde el punto de no discriminación. Estos dos derechos convergen en un tema que se había desarrollado hace poco más de una década, pero que, dado hechos recientes ha tomado de nuevo importancia para el aparato educativo público y privado.

La Sala Constitucional mediante la sentencia número 2017-9798 del 23 de junio de 2017 le ordenó al Ministerio de Educación Pública reglamentar las condiciones de ingreso y permanencia de personas con discapacidad en los centros de enseñanza públicos y privados, de manera que se garantice su acceso a la educación, indicándole además que dicho reglamento debe de realizarse de conformidad con los parámetros internacionales y nacionales fijados al efecto. Este mandato se genera en virtud de un recurso de amparo presentado por los padres de un estudiante con una discapacidad, ellos consideraron que era discriminatorio que no se le permitiera a su hijo permanecer en el sistema regular y se le obligara a ingresar a un sistema diferenciado. En el comunicado de prensa de dicha sentencia, la Sala Constitucional hace referencia a otro recurso de amparo resuelto en el año 2006, en el cual se trata el tema de la inclusión de los estudiantes con discapacidad dentro del sistema educativo regular, siendo que critica la labor del Estado en cuanto al plan de inclusión de personas con discapacidad en aulas regulares. Si bien es cierto, la inclusión es un tema del cual todos estamos de acuerdo debe realizarse, sobre todo luego del avance que realizó el país con la emisión de la Ley de Igualdad de Oportunidades Para las Personas con Discapacidad (Ley N°7600), existe un tema que preocupa a algunos profesionales en la materia, sobre las implicaciones que puede generar este tipo de sentencias, en donde podría interpretarse que la Sala Constitucional pretende que todos los niños con discapacidad ingresen por igual a un sistema educativo regular.

Previo a explicar dicha situación a profundidad, resulta necesario indicar que existe una diferencia entre la gama tan amplía de discapacidades que existen, siendo que las discapacidades físicas y las discapacidades cognitivas no son comparables. Si fuese el caso que exista una discapacidad física, pero el nivel cognitivo no se ve afectado, no existe una razón alguna para que un niño con estas características no se encuentre en un sistema regular. Sin embargo, el tema que puede generar polémica es el relacionado con aquellos estudiantes que posean una discapacidad a nivel cognitivo que haga necesario que tengan una adecuación particular. Sobre estas existen dos tipos, la no significativa, que es cuando el niño posee alguna dificultad en el aprendizaje y necesita una atención un poco mayor, tutorías especializadas, mayor cantidad de tiempo, entre otras; y la significativa, que es cuando el niño posee mayores dificultades de aprendizaje, que lo imposibilita a estar en el sistema regular. Ahora bien, se puede generar un problema si se equiparan todos los distintos tipos de discapacidades y se fuerce incluir a todos los niños en un sistema de educación regular, sin entrar a valorar las posibles consecuencias de que esto puede generar.

En este sentido, el tema de inclusión, debe ser tomado con cautela y más allá si existe o no discriminación, debe tomarse en cuenta qué es mejor para el desarrollo de un niño que posee algún tipo de dificultad en su aprendizaje. Las comúnmente llamadas aulas integrales o especiales, buscan precisamente dar todo el soporte y ayuda especializada a los estudiantes que poseen estas características. En las mismas, los profesionales en educación intentan realizar el mayor esfuerzo para que el estudiante se desarrolle en la parte cognitiva hasta donde sea posible, brindado atención personalizada, la cual no puede darse en un sistema regular. Debe tomarse en cuenta que, en algunos casos, se logra que el estudiante salga del aula integrada y se reincorpore al sistema regular.

Así las cosas, es importante preguntarnos, ¿son malas las aulas integradas?, a mi criterio no, pues más bien son un instrumento para lograr brindarle a ese estudiante toda la ayuda que necesita para lograr su desarrollo intelectual. Hay que recordar que todos somos diferentes, y eso no es malo, tenemos mayores facilidades en ciertas áreas y en otras necesitamos más ayuda, y no por eso se genera una discriminación, pues a contrario sensu, resulta discriminatorio el hecho de que no existan todos los métodos para garantizar la mejor educación para todos y pretender tratar a todos como iguales.

Es importante recalcar que los estudiantes de aulas integradas poseen los mismos derechos que todos los demás, tanto a tener acceso a todas las materias especiales como música, educación física, computación, entre otras, como también a asistir al recreo a las mismas horas, participar en los equipos deportivos y en otras actividades extracurriculares. Como bien se puede observar, las aulas integradas no representan un problema de inclusión, sino que son la forma correcta y adecuada para lograr un desarrollo cognitivo de aquella persona con una necesidad especial en su aprendizaje.

Lo anterior no quiere decir que en el sistema educativo no exista discriminación, pues lamentablemente la hay, por lo cual corresponde a los maestros y al Estado, pero sobre todo a los padres buscar los mecanismos para detenerla. Por ejemplo, a través de un recurso de amparo cuando exista un evidente comportamiento de una institución educativa pública o privada que no garantiza la igualdad y fomenta discriminación. No obstante, la eliminación de aulas integradas y la incorporación sin sentido y desmedida de estudiantes con algún tipo de discapacidad cognitiva en el sistema regular, no es una solución, y por el contrario generaría grandes consecuencias en estos estudiantes que no podrían obtener una educación personalizadas según sus requerimientos.

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